La respuesta corta
  • Descanso obligatorio (art. 46 del Código de Trabajo): martes 3, jueves 5, martes 10 y sábado 28 de noviembre, más el martes 8 y el domingo 20 de diciembre. Como el 20 cae domingo, el artículo 47 habilita el lunes 21 de diciembre como día de descanso.
  • No es descanso obligatorio: el miércoles 4 de noviembre. Para el sector privado es un día laborable normal.
  • Si alguien trabaja un feriado: recargo del 150% sobre la jornada ordinaria y otro día de descanso en la semana (art. 49).
  • Día puente: al 25 de septiembre de 2026 no hay ningún decreto que declare un día puente en noviembre.

Cada noviembre se repite la misma escena en los departamentos de planilla: la gerencia pregunta qué días cierra la empresa, los supervisores preguntan quién trabaja, y alguien tiene que traducir el calendario patrio a recargos correctos. El problema no suele ser el porcentaje, sino aplicar el recargo en el día equivocado.

Este artículo se concentra en el mes de la patria. La lista completa del año, con la base legal de cada fecha, está en nuestra guía de días feriados de Panamá 2026.

Calendario de las Fiestas Patrias 2026

Estas son las fechas del mes de la patria con su día de la semana en 2026, y lo que cada una significa para la planilla del sector privado.

Fecha 2026Qué se conmemora¿Descanso obligatorio (art. 46)?
Martes 3 de noviembreSeparación de Panamá de ColombiaSí
Miércoles 4 de noviembreDía de la Bandera (Símbolos Patrios)No. Día laborable normal en el sector privado.
Jueves 5 de noviembreDía de Colón, consolidación de la Separación en ColónSí
Martes 10 de noviembrePrimer Grito de Independencia, La Villa de Los SantosSí
Sábado 28 de noviembreIndependencia de Panamá de EspañaSí, con el caso especial del sábado (ver abajo)
Martes 8 de diciembreDía de las MadresSí
Domingo 20 de diciembreDía de Duelo Nacional (Ley 291 de 2022)Sí. Por caer domingo, el artículo 47 habilita el lunes 21 de diciembre.

El 3, el 5 y el 10 de noviembre se descansan el mismo día en que caen. La regla de traslado al lunes de la Ley 70 de 2007 aplica específicamente al 9 de enero y al 28 de noviembre, no a estas tres fechas.

Cómo se ven las semanas en la planilla

  • Semana del 2 al 8 de noviembre: dos días de descanso obligatorio (martes 3 y jueves 5) con un día laborable en medio, el miércoles 4. Es la semana con más riesgo de error: quien trabaje el 3 y el 5 acumula dos recargos del 150% y dos días compensatorios en la misma semana.
  • Semana del 9 al 15 de noviembre: un día de descanso obligatorio, el martes 10.
  • Semana del 23 al 29 de noviembre: el 28 cae sábado, y el tratamiento depende de la jornada de cada trabajador.

El 4 de noviembre: laborable para el sector privado

El Día de la Bandera no aparece en el artículo 46 del Código de Trabajo, que es la lista cerrada de días de descanso obligatorio. El MITRADEL lo ha aclarado públicamente: para el sector privado es un día laborable normal y no genera el recargo del 150%.

Muchas empresas lo dan libre, y es perfectamente válido. Lo que conviene es dejarlo por escrito como política interna, para que no se trate como descanso obligatorio en la planilla ni se pague un recargo que la ley no exige.

28 de noviembre de 2026: cae sábado

En 2026 el Día de la Independencia de España cae sábado, y ninguna de las reglas de traslado resuelve el caso. La Ley 70 de 2007 solo mueve el 28 de noviembre a un lunes cuando cae de martes a viernes, y el artículo 47 solo contempla el feriado que cae domingo. Por eso el lunes 30 de noviembre no es feriado por traslado.

El resultado depende de la jornada de cada trabajador:

  • Si el sábado es día laborable para él, el 28 es día de descanso obligatorio. Si trabaja, se paga con el recargo del 150%.
  • Si el sábado ya era su día de descanso semanal, el artículo 47 le da derecho a que se le conceda cualquier otro día de esa semana como compensación.

En empresas con turnos mixtos (oficina de lunes a viernes, operación o tiendas con sábado laborable), el mismo 28 de noviembre se trata de forma distinta según el grupo de empleados. Vale la pena revisarlo por jornada, no por empresa.

¿Hay día puente en noviembre de 2026?

El Órgano Ejecutivo puede decretar días puente, y lo que se decrete depende del texto de cada decreto. Al 25 de septiembre de 2026 no encontramos ningún decreto que declare un día puente en noviembre de 2026, ni para el lunes 2, ni para el miércoles 4, ni para el lunes 30.

Si se publica uno en la Gaceta Oficial, actualizaremos esta página con el número de decreto y a quién aplica. Mientras tanto, planifique noviembre con las fechas del artículo 46.

Qué se paga si alguien trabaja un feriado

El artículo 49 del Código de Trabajo fija un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria para quien labora un día de fiesta o duelo nacional. El trabajador conserva el derecho a que se le conceda otro día de descanso en la semana, y ese 150% ya incluye la remuneración del día de descanso. Si también trabaja el día compensatorio, ese día se paga con un recargo del 50%.

Ejemplo: salario de B/.1,000 al mes, 8 horas el martes 3 de noviembre

Salario diario   = B/.1,000 / 30 = B/.33.33
Recargo del 150% = B/.50.00
Total del día    = B/.83.33

Si trabaja el 3, el 5 y el 10 de noviembre:
3 x B/.83.33 = B/.250.00 (más tres días compensatorios)

Si además hay horas extras ese día, el artículo 50 fija el orden: primero se aplica el recargo por feriado y, sobre ese resultado, el recargo por las horas excedentes. Para hacer el cálculo con sus propias cifras, use la calculadora de día feriado trabajado.

Checklist de planilla para noviembre y diciembre

  1. Confirme quién trabaja el 3, 5 y 10 de noviembre y registre cada día como feriado trabajado, con su recargo del 150%.
  2. Asigne el día compensatorio de cada feriado trabajado dentro de la misma semana, y pague con 50% de recargo si ese día también se trabaja.
  3. Revise el 28 de noviembre por jornada: quién tiene el sábado como día laborable y quién como descanso semanal.
  4. No marque el 4 de noviembre como feriado en la planilla. Si la empresa lo da libre, que conste como política interna.
  5. Separe los recargos de las horas extras y aplique el orden del artículo 50 cuando coincidan.
  6. Prepare la tercera partida del décimo tercer mes, que vence el 15 de diciembre y cubre del 16 de agosto al 15 de diciembre. Según nuestra guía del décimo tercer mes 2026, los recargos por trabajo en feriado forman parte del salario devengado, así que los de noviembre entran en esa base. Puede verificar el monto con la calculadora de décimo tercer mes.
  7. Deje previsto diciembre: el martes 8, Día de las Madres, es día de descanso obligatorio, y el 20, Día de Duelo Nacional, cae domingo, así que el artículo 47 habilita el lunes 21 de diciembre como día de descanso semanal obligatorio.

Cuando la planilla depende de revisar el calendario a mano

Noviembre es el mes en que una planilla hecha en hojas de cálculo muestra sus costuras: fechas que se marcan mal, compensatorios que no se asignan, recargos que se calculan dos veces. La nómina de cifraHQ es un motor de planilla nativo de Panamá que calcula CSS, Seguro Educativo, ISR, décimo tercer mes en sus tres partidas, cesantía, SIPE, pagos ACH y la acumulación de vacaciones, con los conceptos de nómina configurados para las reglas locales, incluido el recargo por día de fiesta o duelo nacional.

Preguntas frecuentes

¿Qué días de noviembre de 2026 son feriados en Panamá?

Son días de descanso obligatorio según el artículo 46 del Código de Trabajo el martes 3 de noviembre (Separación de Panamá de Colombia), el jueves 5 de noviembre (Día de Colón), el martes 10 de noviembre (Primer Grito de Independencia) y el sábado 28 de noviembre (Independencia de España). El miércoles 4 de noviembre no está en esa lista.

¿El 4 de noviembre es día libre en Panamá?

No por ley. El 4 de noviembre no aparece en el artículo 46 del Código de Trabajo, así que para el sector privado es un día laborable normal y no genera el recargo del 150%. La empresa puede darlo libre por decisión propia, pero es política interna, no una obligación legal.

¿El 28 de noviembre de 2026 se pasa al lunes 30?

No por la regla de traslado. La Ley 70 de 2007 solo mueve el 28 de noviembre a un lunes cuando cae de martes a viernes, y el artículo 47 solo contempla el feriado que cae domingo. En 2026 cae sábado: si el sábado era día laborable para el trabajador, es día de descanso obligatorio y trabajarlo genera el recargo del 150%; si ya era su día de descanso semanal, tiene derecho a que se le conceda otro día de esa semana.

¿Hay día puente en noviembre de 2026?

Al 25 de septiembre de 2026 no encontramos ningún decreto del Órgano Ejecutivo que declare un día puente en noviembre de 2026. Si se publica uno en la Gaceta Oficial, actualizaremos esta página.

¿Cuánto se paga si un trabajador labora el 3, 5 o 10 de noviembre?

El artículo 49 del Código de Trabajo fija un recargo del 150% sobre el salario de la jornada ordinaria, y el trabajador conserva el derecho a otro día de descanso en la semana. Con un salario de B/.1,000 al mes, una jornada de 8 horas en feriado se paga B/.83.33: B/.33.33 del día más B/.50.00 de recargo.

Contenido de referencia sobre los artículos 46 a 50 del Código de Trabajo, la Ley 70 de 2007 y la Ley 291 de 2022. Para casos particulares consulte a su asesor laboral panameño.